Brexit: consecuencias para los propietarios de marcas y diseños de la UE
El 23 de junio de 2016, el Reino Unido (UK) votó en un referéndum separarse de la UE. Nos gustaría ofrecerle una breve nota de las consecuencias actuales de dicha decisión por lo que se refiere a los derechos de propiedad intelectual en la UE.
Consecuencias para los propietarios de marcas y diseños de la UE
El Reino Unido continuará siendo miembro de la UE durante al menos dos años desde la fecha en que el gobierno del Reino Unido comunique formalmente al Consejo de la UE su decisión de separarse de la Unión Europea. Dicha comunicación aún no se ha formalizado.
Para las marcas de la UE (EUTM) y diseños de la UE (RCD) ya existentes no se producirá una pérdida inmediata de los derechos, sino que por el momento, tales derechos continuarán en vigor en el Reino Unido. Lo más probable es que tanto la EUTM como los RCD dejen de tener protección en Reino Unido.
Sin embargo, es muy probable que se habilite un período transitorio dentro del cual sea posible convertir o transformar estos derechos en derechos nacionales en Reino Unido lo que permitiría mantener los derechos existentes a día de hoy.
Para las nuevas solicitudes de EUTM y el RCD, lo recomendable es que, a la vista del escenario futuro, los titulares protejan sus derechos a través de registros nacionales en Reino Unido, además de los registros en la UE.
Les mantendremos informados sobre cualquier novedad que se produzca con relación a marcas y patentes.
Categorías: Marcas y Patentes.
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