¿En qué consiste un delito contra la propiedad intelectual?
Cuando una obra es reproducida o distribuida sin consentimiento del autor o del titular de los derechos de propiedad intelectual se está infringiendo la ley. En este post vamos a tratar en qué consiste un delito contra la propiedad intelectual.
Qué es la propiedad intelectual
El Ministerio de Cultura español determina que la propiedad intelectual es el “conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores, organismos de radiodifusión…) respecto de las obras y prestaciones fruto de su creación”.
La propiedad intelectual protege, por tanto, las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas en cualquier medio, como pueden ser libros, escritos, composiciones musicales, obras dramáticas, coreografías, obras audiovisuales, esculturas, obras pictóricas, planos, maquetas, mapas, fotografías, programas de ordenador y bases de datos. También ampara a las interpretaciones artísticas, los fonogramas, las grabaciones audiovisuales y las emisiones de radiodifusión.
En el caso de la propiedad intelectual, el plazo general de los derechos de explotación de una obra es la vida del autor y setenta años después de su muerte, si bien existen otros plazos para los derechos morales y para otras prestaciones, así como para las obras de autores fallecidos antes de 1987.
Tipos de delitos contra la propiedad intelectual
Un delito contra la propiedad intelectual consiste en la vulneración de los derechos que tiene un autor sobre su obra, cometido con perjuicios para éste, y buscando la obtención de un fin económico.
De acuerdo con el Código Penal, estos son los delitos existentes contra la propiedad intelectual:
- Reproducción: Implica fijar la obra en un soporte que permite su comunicación o difusión y la obtención de copias.
- Transformación: La traducción, adaptación, reordenación u otra modificación de la obra original que origine un producto diferente.
- Plagio: Copiar en lo sustancial una obra ajena y presentarla como propia, sin identificar adecuadamente a la fuente.
- Divulgación: Poner a disposición de un amplio número de personas una obra, sin tener permiso para ello.
- Comunicación pública: Posibilitar que un conjunto de personas acceda a una obra sin que previamente se hayan distribuido ejemplares para ellas.
A su vez, estos delitos pueden tipificarse en estas categorías: básico, por internet, y plagio.
Básico
Aquí, el delito contra la propiedad intelectual se lleva a cabo mediante la reproducción, plagio, distribución o comunicación pública de una obra, sin autorización de los correspondientes titulares de los derechos de propiedad y para perjudicar a un tercero.
Una conducta tipificada como modalidad básica, que se castiga con una pena de entre seis meses y cuatro años de prisión y multa de doce a veinticuatro meses. (Artículo 270.1 CP)
Por internet
El Código Penal ha establecido un punto específico para castigar este tipo de conductas a través de Internet, concretamente el Art. 270.2 CP, que amplía la responsabilidad a los prestadores de servicios de la sociedad de la información que faciliten el acceso de obras sin autorización del titular del derecho de propiedad, cuando lo realicen con el animo de obtener un beneficio económico mediante el ofrecimiento de listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras.
Plagio
El plagio puede ser también un delito contra la propiedad intelectual, según el artículo 270 del Código Penal, si se demuestra el “ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto” a través de éste.
Cómo denunciar un delito contra la propiedad intelectual
Si se han vulnerado nuestros derechos de autor podemos recurrir a cualquiera de las vías ordinarias que establece la legislación actual para denunciar un delito contra la propiedad intelectual.
De este modo, se puede recurrir al atestado policial, la denuncia, la querella del autor o titular de los derechos o una actuación de oficio.
Categorías: Marcas y Patentes.
Etiquetas: Propiedad intelectual.
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